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2016-12-09 × 

Una década de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Transcurridos diez años desde la aprobación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, y con motivo del Día Internacional de las personas con discapacidad el 3 de diciembre, elkartu (Federación Coordinadora de Personas con Discapacidad Física de Gipuzkoa) desea poner en valor la trascendencia de un instrumento fundamental para el reconocimiento, protección y ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad.

La aprobación y posterior entrada en vigor de la Convención constituyó un hito de gran relevancia en la configuración del marco conceptual y jurídico orientado a garantizar la dignidad de las personas con discapacidad e impulsar su plena inclusión social.

Sin embargo, transcurridos diez años, son todavía innumerables los retos pendientes para alcanzar los propósitos declarados por este instrumento internacional, habiéndose avanzado de manera muy deficitaria en la materialización y ejercicio efectivo de los derechos reconocidos, así como en el enfoque inclusivo de las políticas y medidas en materia de discapacidad.

Recientemente elkartu daba a conocer el “Estudio-diagnóstico de situación y necesidades de las personas con discapacidad física de Gipuzkoa ”, que aborda ámbitos como la educación, situación laboral, lugar de residencia, situación económica, el transporte, protección de la salud o el ocio y participación comunitaria. En este proyecto de investigación se acredita que el 33,3% de las personas con discapacidad física de Gipuzkoa se encuentra en situación de exclusión social, frente al 12,4% de la población de Gipuzkoa según datos de la Encuesta de Pobreza y Exclusión Social de Gipuzkoa 2012. Asimismo, se evidencia que el peso fundamental en las situaciones de exclusión social reside en los factores sociales, dado que en el 78,5% de las personas entrevistadas los indicadores vinculados a la dimensión social se encuentran en situación de vulnerabilidad o exclusión, frente al 60,8% de la dimensión convivencial y al 45,1% de la dimensión personal.

Esta realidad requiere de una transformación en el diseño y desarrollo de las políticas públicas en los ámbitos más relevantes para la calidad de vida de las personas con discapacidad, tomando como referencia los principios y derechos reconocidos en la Convención y adoptándolos en los diversos ámbitos de actuación.

Así, en el ámbito de la educación, resulta fundamental garantizar una educación inclusiva que favorezca el máximo desarrollo de la personalidad y garantice que la oferta y el entorno educativo satisfaga las necesidades individuales de todo el alumnado; es decir, un sistema educativo en el que “se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión” (art. 24).

En lo referido el empleo, es imprescindible superar las políticas de empleo orientadas a consolidar e impulsar el empleo protegido en detrimento de la incorporación de las personas con discapacidad al mercado laboral ordinario, para garantizar así “el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles” (art. 27).

Asimismo, se requiere de un notable impulso de las medidas orientadas a promover los modelos de vida independiente, de manera que “las personas con discapacidad tengan la oportunidad de elegir su lugar de residencia y dónde y con quién vivir, en igualdad de condiciones con las demás, y no se vean obligadas a vivir con arreglo a un sistema de vida específico” (art. 19), proporcionando para ello los recursos y apoyos necesarios y adecuados, especialmente la asistencia personal, que garanticen la participación activa en la vida de la comunidad.

Resulta inaplazable igualmente fomentar decididamente las medidas enfocadas a garantizar el derecho a la accesibilidad universal, “para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público” (art. 9).

De la misma manera, es necesario adoptar las medidas que permitan a las personas con discapacidad “participar plena y efectivamente en la vida política y pública, así como en la dirección de los asuntos públicos, sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás” (art. 29), impulsando con ello su empoderamiento individual y colectivo.

En definitiva, las políticas públicas en materia de discapacidad, frecuentemente centradas en la acumulación de recursos y prestaciones, tienen como reto impulsar un enfoque inclusivo y normalizador construido y compartido por todos los agentes con responsabilidad en su diseño, ejecución y evaluación, superando así definitivamente concepciones y prácticas asistencialistas y segregadoras que constituyen el mayor de los obstáculos para transitar desde el reconocimiento de los derechos reconocidos a las personas con discapacidad en la Convención, a su ejercicio real y efectivo.