La fuente deinformaciónmás directapara seguirnos
 
2015-10-09 × 

Recomendación del Ararteko: Prestación por Hijo a Cargo y RGI

El Ararteko ha recomendado a Lanbide, mediante la Resolución 2015R-777-14, la concesión del complemento de Renta de Garantía de Ingresos a determinadas personas causantes de la “Asignación por hijo a cargo” con una discapacidad reconocida del 65% o más por entender que si situación es similar a la de otros pensionistas.

El Ararteko ha recibido numerosas quejas y consultas tanto de particulares como de asociaciones expresando su disconformidad con el tratamiento que Lanbide está dando a las personas que tienen 18 años cumplidos y una discapacidad reconocida del 65% o más y que son causantes aunque no titulares de la prestación económica de la Seguridad Social denominada "Asignación por Hijo/a a Cargo". Esta prestación se conoce comúnmente como la Prestación por Hijo/a a Cargo (PHC).

Lanbide considera únicamente como Unidad de Convivencia de pensionistas a los perceptores de la PHC en el caso de que sean huérfanos, tanto cuando son titulares de la prestación como cuando no lo son por estar legalmente incapacitados. Y considera que el resto de los causantes de la prestación no tienen derecho al denominado complemento de pensiones por entender que no están comprendidos en la Ley para la Garantía de Ingresos y la Inclusión Social.

En opinión del Ararteko este criterio de no conceder el complemento de pensiones a las personas con discapacidad causantes de la PHC que no son huérfanas no tiene una justificación objetiva con relación a otras personas que sí están afectas con el mismo grado de discapacidad y a veces menor y se les concede con independencia de que sean huérfanas o no.

Sin embargo, el Departamento de Empleo y Política Sociales ha contestado al Ararteko que no va a considerar a estas personas perceptoras de la Prestación por Hijo a Cargo como Unidad de Convivencia especial de pensionista por lo que no va a abonar el complemento de prestación de RGI.

elkartu continuará trabajando, junto con el Ararteko y otras instituciones y entidades competentes, para lograr que Lanbide equipare la prestación por hijo a cargo al resto de pensiones para la constitución de una unidad económica independiente, permitiendo así que una parte importante del colectivo de personas con discapacidad pueda disfrutar de la Renta de Garantía de Ingresos y avanzar así en su plena inclusión social.