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2020-04-25 × 

Medidas específicas en materia de apoyo a las familias para responder al impacto económico del Covid-19

Se ha publicado la Orden que tiene por objeto la regulación de las medidas específicas de apoyo a las familias a adoptar por el Departamento de Empleo y Políticas Sociales, con la finalidad de dar una respuesta urgente al impacto económico que el coronavirus Covid-19 ha ocasionado en la economía de las familias, como consecuencia directa de las actuaciones y medidas de contención adoptadas para combatir y gestionar la crisis sanitaria ocasionada por motivo de su expansión, y evitar la transmisión comunitaria del Covid-19.

En especial, se articulan las ayudas complementarias a las destinadas para la conciliación de la vida familiar y laboral, y que, con carácter excepcional y temporal, pretenden dar respuesta a la pérdida de ingresos que ha supuesto para las familias la necesidad de adaptar o modificar su jornada de trabajo, con la finalidad de asumir los deberes de asistencia, atención y cuidado de sus hijos e hijas, por razón de su edad, de personas dependientes o de personas enfermas (contagiadas o aisladas) que hayan resultado afectadas por el coronavirus Covid-19.

Se subvencionará a las personas trabajadoras que se hayan acogido a alguna de las siguientes situaciones, para asumir, de forma personal y directa, los deberes de asistencia, atención y cuidado respecto de hijos o hijas menores de 14 años de edad  (hasta los 18 años de edad, en el caso de que tengan discapacidad reconocida, de porcentaje igual o superior al 33%), personas en situación de dependencia, o personas enfermas (contagiadas o aisladas) que hayan resultado afectadas por el coronavirus Covid-19:


  • Excedencia laboral.
  • Reducción de jornada de trabajo, en un porcentaje igual o superior al 33%.

 

Las ayudas serán de aplicación a las excedencias y reducciones de jornada de trabajo que se hayan iniciado desde el 9 de marzo de 2020 y que se disfruten hasta la fecha en que pierda vigencia la declaración del estado de alarma.

La cuantía de la ayuda se determinará en función de la renta familiar estandarizada, para cuyo cálculo se tendrán en cuenta, con el alcance que les atribuye el Decreto 154/2012, de 24 de julio, sobre el sistema de estandarización de la renta familiar en el marco de las políticas de familia, o norma que le sustituya, la composición de la unidad familiar, el nivel de renta familiar, y el coeficiente de equivalencia correspondiente a la unidad familiar.

El plazo de presentación de la solicitud de la ayuda será de un año, contado a partir del día siguiente a aquel en el que haya finalizado la vigencia del estado de alarma.

Para conocer más detalles de esta ayuda, puedes consultar AQUÍ.