elkartu traslada su oposición a las medidas de confinamiento en las residencias para personas con discapacidad
elkartu ha remitido un Informe al Departamento de Políticas Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa en el que se posiciona en contra de las medidas que prohíben salir a las personas usuarias de centros residenciales para personas con discapacidad, dado que vulneran el derecho fundamental a la libre circulación, y lo hacen sin las necesarias garantías legales.
La institución foral acordó prohibir la salida de las personas usuarias de los centros residenciales para personas con discapacidad tras la recomendación y solicitud dictada, con carácter preventivo y provisional, por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco el pasado 18 de julio de 2020, en el sentido de “restringir las salidas de las personas residentes en los centros sociosanitarios de Euskadi”. Posteriormente, con fecha 24 de julio, el Departamento de Políticas Sociales comunicó que, en el caso de los recursos para personas con discapacidad, las salidas de los y las residentes se retomarían a partir del lunes 27 de julio.
elkartu, que ya se posicionó en contra de esta medida en el marco del Plan de adaptación a la nueva realidad en los servicios sociales, ha transmitido su firme disconformidad y honda preocupación ante la adopción de una medida que, a pesar de su reciente rectificación, ha constituido una grave vulneración de derechos y un ahondamiento en la situación de segregación y exclusión social de las personas con discapacidad que se encuentran institucionalizadas.
En primer lugar, la Federación ha mostrado sus dudas razonables en relación a la legalidad de la medida adoptada, dado que se ha llevado a cabo de manera arbitraria y en aplicación de una recomendación, sin sujeción a las normas propias a la declaración del estado de alarma ni las propias del ámbito sanitario, y sin el soporte legal de una norma que garantice el principio de reserva de ley ante la privación, que no limitación, de un derecho fundamental como es la libertad de circulación y desplazamiento de las personas.
Se ha trasladado también que, junto con otros derechos, se ha producido una vulneración del derecho a la igualdad, dado que la medida de confinamiento o prohibición de la libertad de circulación se ha adoptado únicamente para las personas usuarias de los centros residenciales, y no así para el conjunto de la población, que en las sucesivas fases del proceso de desescalada fue recobrando la libertad de circulación, garantizándose en su plenitud en el marco de la denominada nueva normalidad.
Asimismo, desde un punto de vista social, esta medida no ha hecho sino ahondar en la segregación y exclusión social de las personas con discapacidad institucionalizadas, profundizando en la brecha existente con el resto de la sociedad, alejándose del objetivo de avanzar en modelos de atención comunitarios e inclusivos.
Finalmente, se ha defendido que, en adelante, una medida de este carácter únicamente habría de adoptarse en el caso de que también se acuerde para el conjunto de la población como medida de prevención o contención frente al Covid-19, garantizándose de esta manera el derecho de las personas con discapacidad a la igualdad y no discriminación.